Con la participación de 1510 delegados integrantes de sectores y organizaciones, consejeros estatales y militantes electos por asambleas territoriales, se llevó a cabo la sesión de la Comisión Estatal de Procesos Internos, para eligir candidato a gobernador para el periodo constitucional 2010 a 2016 por el tricolor.Xalapa, Ver.
La Asamblea ratificó por unanimidad la candidatura única del Dr. Javier Duarte de Ochoa, por lo que la comisión procedió a entregarle su constancia de mayoría, convirtiéndose así en el candidato a gobernador por el partido Revolucionario Institucional.El evento se llevó a cabo en un clima de unidad y solidaridad, donde la militancia priista demostró todo su apoyo y respaldo total a la candidatura de Duarte de Ochoa.
Entre los asistentes a este evento estuvieron, el primer priista veracruzano, Fidel Herrera Beltrán, la señora Rosa Margarita Borunda de Herrera, el ex gobernador Miguel Alemán Velasco, la señora Karime Macias de Duarte, Carlos Romero Deschamps, así como precandidatos a diputados locales, y demás personalidades integrantes del tricolor.
MI OPINION:
Bueno yo digo que solo falta y que cumpla todo lo que dice porque como podemos ver con el presidente JOEL CERON TOVAR antes de que fuera prisidente dijo que iva a sacar a todos los aviadores y que el no iva hacer corrupto ya que esta haciendo todo lo contrario espero y que esta persona no sea retera y corrupto como JOEL CERON TOVAR.
yo y mis proyectos con alan
jueves, 3 de junio de 2010
DERECHO AL VOTO
El sufragio es el derecho político y constitucional a votar a los cargos públicos. En un sentido amplio, el sufragio abarca el activo, en donde se determina quienes tienen derecho al ejercicio del voto (uso más común); y el pasivo, que refiere quienes y en que condiciones tienen derecho a ser elegidos.Históricamente, numerosos colectivos han sido excluidos del derecho a votar por razones muy variadas: unas veces porque sus miembros eran "súbditos" de reyes feudales y no se les consideraba hombres "libres"; otras veces porque la exclusión de la votación dependía de una política explícita claramente establecida en las leyes electorales.
En unas ocasiones el derecho a votar excluía a grupos que no cumplían ciertas condiciones (exclusión de analfabetos, impuestos de capitación, etc.); en otras ocasiones ha sido denegado , a un grupo se le ha permitido votar pero el sistema electoral o las instituciones del gobierno fueron diseñadas a propósito para darles menos influencia que otros grupos más favorecidos.
Hoy en día, en muchas democracias, el derecho al voto está garantizado como un derecho de nacimiento, sin discriminación de raza, etnia, clase o género. Sin ningún tipo de examen descalificador (como la no alfabetización), los ciudadanos por encima de la edad mínima requerida en un país pueden votar con normalidad en las elecciones. Los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones locales en algunos países.
*TIPOS DE SUFRAGIO:
Sufragio universal: es la extensión del derecho a votar a todos los adultos, sin distinción de raza, sexo, creencia o posición social, económico y vertical.Sufragio restringido: también llamado censitario, solo podían votar las personas que aparecían en un censo o lista.
*CARACTERISTICAS:
En la legislación electoral mexicana el sufragio se concibe simultáneamente como prerrogativa y como obligación del ciudadano. En tantoprerrogativa, constituye uno de los derechos políticos fundamentales para que el ciudadano participe en la conformación de los poderespúblicos, en su doble calidad de elector y elegible a gobernante; como obligación, el voto constituye un deber de ciudadano para con lasociedad de la cual forma parte.Al igual que en todas las sociedades modernas, el sufragio en México es universal, libre, secreto y directo.
*Universal: tienen derecho a él todos los ciudadanos que satisfagan los requisitos establecidos por la ley, sin discriminación de raza,religión, género, condición social o ilustración.
*Libre: el elector no está sujeto a ningún tipo de presión o coacción para la emisión del sufragio.
*Secreto: garantía de que no se conocerá públicamente la preferencia o voluntad de cada elector individualmente considerado.
*Directo: el ciudadano elige por sí mismo a sus representantes.Además de estas características prescritas por la Constitución, el sufragio en México también se considera personal e intransferible.
*Personal: El elector debe acudir personalmente a la casilla que le corresponda para depositar su voto.
*Intransferible: El elector no puede facultar o ceder su derecho a ninguna persona para la emisión de su sufragio.
En unas ocasiones el derecho a votar excluía a grupos que no cumplían ciertas condiciones (exclusión de analfabetos, impuestos de capitación, etc.); en otras ocasiones ha sido denegado , a un grupo se le ha permitido votar pero el sistema electoral o las instituciones del gobierno fueron diseñadas a propósito para darles menos influencia que otros grupos más favorecidos.
Hoy en día, en muchas democracias, el derecho al voto está garantizado como un derecho de nacimiento, sin discriminación de raza, etnia, clase o género. Sin ningún tipo de examen descalificador (como la no alfabetización), los ciudadanos por encima de la edad mínima requerida en un país pueden votar con normalidad en las elecciones. Los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones locales en algunos países.
*TIPOS DE SUFRAGIO:
Sufragio universal: es la extensión del derecho a votar a todos los adultos, sin distinción de raza, sexo, creencia o posición social, económico y vertical.Sufragio restringido: también llamado censitario, solo podían votar las personas que aparecían en un censo o lista.
*CARACTERISTICAS:
En la legislación electoral mexicana el sufragio se concibe simultáneamente como prerrogativa y como obligación del ciudadano. En tantoprerrogativa, constituye uno de los derechos políticos fundamentales para que el ciudadano participe en la conformación de los poderespúblicos, en su doble calidad de elector y elegible a gobernante; como obligación, el voto constituye un deber de ciudadano para con lasociedad de la cual forma parte.Al igual que en todas las sociedades modernas, el sufragio en México es universal, libre, secreto y directo.
*Universal: tienen derecho a él todos los ciudadanos que satisfagan los requisitos establecidos por la ley, sin discriminación de raza,religión, género, condición social o ilustración.
*Libre: el elector no está sujeto a ningún tipo de presión o coacción para la emisión del sufragio.
*Secreto: garantía de que no se conocerá públicamente la preferencia o voluntad de cada elector individualmente considerado.
*Directo: el ciudadano elige por sí mismo a sus representantes.Además de estas características prescritas por la Constitución, el sufragio en México también se considera personal e intransferible.
*Personal: El elector debe acudir personalmente a la casilla que le corresponda para depositar su voto.
*Intransferible: El elector no puede facultar o ceder su derecho a ninguna persona para la emisión de su sufragio.
CONVOCATORIAS ELCTORALES
El procedimiento electoral transcurre por las siguientes fases:
*Iniciativa: integra la convocatoria en sus diferentes supuestos y los óranos de impulso legitimados.
*Preparatoria: referida a la organización administrativa de las elecciones y a la selección y proclamación de los candidatos, incluyendo la campaña electoral, los actos, gastos y acceso a medios de titularidad pública
*Constitutiva: centrada en la emisión del sufragio y escrutinio, así como en lo procedimientos, controles y verificación de las actas de votación
*Integradora de la eficacia: donde se expresa la proclamación de los elegidos.
*Iniciativa: Como acto de inicio se estructura de la siguiente forma:Determinación de los supuestos que afectan a los requisitos generales comunesEl contenido específico de los decretos de convocatoriaSupuestos especiales de aquellas convocatorias que se inician como resultado de la ejecución de sentencias contencioso-electorales.Los requisitos generales que se aplican a la generalidad de las convocatorias electorales están contenidos en el art. 42 LOREG, con las reformas introducidas por las L.O. 8/1991 y 13/1994, que afectan a todos los procesos electorales que se celebran por sufragio universal directo. La única excepción son las elecciones al Parlamento Europeo (art. 218 LOREG) En este caso, se publican en el BOE o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, al día siguiente de su convocatoria y entra en vigor el mismo día de su publicación.Estos decretos deben contener de forma expresa las fechas de las elecciones que deben situarse en todo caso, el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria. Si se trata de una disolución anticipada, los Decretos de convocatoria se expedirán el vigésimo quinto día anterior a la expiración del mandato de las respectivas Cámaras, publicándose el día siguiente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, entran en vigor el mismo día de su publicación y deben contener la fecha de las elecciones, cincuenta y cuatro días siguientes.En algunas legislaciones de Iberoamérica se establecen específicamente los requisitos que debe contener la convocatoria, mientras que en otras no se hace tal regulación. En términos generales, la convocatoria debe especificar:* la elección o elecciones para las que se convoca;. los cargos que se deben elegir con indicación de su período;·sistema electoral aplicable;·la fecha de celebración de la elección;· La circunscripción electoral en que debe realizarse la elección;· las normas que rigen el evento electoral para el que se está convocando y· las prevenciones y demás disposiciones que sean pertinentes.
*Iniciativa: integra la convocatoria en sus diferentes supuestos y los óranos de impulso legitimados.
*Preparatoria: referida a la organización administrativa de las elecciones y a la selección y proclamación de los candidatos, incluyendo la campaña electoral, los actos, gastos y acceso a medios de titularidad pública
*Constitutiva: centrada en la emisión del sufragio y escrutinio, así como en lo procedimientos, controles y verificación de las actas de votación
*Integradora de la eficacia: donde se expresa la proclamación de los elegidos.
*Iniciativa: Como acto de inicio se estructura de la siguiente forma:Determinación de los supuestos que afectan a los requisitos generales comunesEl contenido específico de los decretos de convocatoriaSupuestos especiales de aquellas convocatorias que se inician como resultado de la ejecución de sentencias contencioso-electorales.Los requisitos generales que se aplican a la generalidad de las convocatorias electorales están contenidos en el art. 42 LOREG, con las reformas introducidas por las L.O. 8/1991 y 13/1994, que afectan a todos los procesos electorales que se celebran por sufragio universal directo. La única excepción son las elecciones al Parlamento Europeo (art. 218 LOREG) En este caso, se publican en el BOE o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, al día siguiente de su convocatoria y entra en vigor el mismo día de su publicación.Estos decretos deben contener de forma expresa las fechas de las elecciones que deben situarse en todo caso, el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria. Si se trata de una disolución anticipada, los Decretos de convocatoria se expedirán el vigésimo quinto día anterior a la expiración del mandato de las respectivas Cámaras, publicándose el día siguiente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, entran en vigor el mismo día de su publicación y deben contener la fecha de las elecciones, cincuenta y cuatro días siguientes.En algunas legislaciones de Iberoamérica se establecen específicamente los requisitos que debe contener la convocatoria, mientras que en otras no se hace tal regulación. En términos generales, la convocatoria debe especificar:* la elección o elecciones para las que se convoca;. los cargos que se deben elegir con indicación de su período;·sistema electoral aplicable;·la fecha de celebración de la elección;· La circunscripción electoral en que debe realizarse la elección;· las normas que rigen el evento electoral para el que se está convocando y· las prevenciones y demás disposiciones que sean pertinentes.
CONVOCATORIAS ELECTORALES
Primero: Convocar elecciones al Claustro de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que se celebrarán desde el 21 de mayo al 2 de junio de 2010, conforme al calendario electoral adjunto.
Segundo: Serán elegidos los siguientes representantes:53 catedráticos.121 representantes de los restantes profesores doctores con vinculación permanente a la universidad.15 del resto del personal docente e investigador.2 profesores eméritos.22 representantes del personal de administración y servicios de la Sede Central.
Tercero: La circunscripción electoral será la Facultad o Escuela para los grupos 1) y 2) y única para cada uno de los grupos 3), 4) y 5).
Cuarto: Cada elector podrá votar como máximo el número de candidatos que se especifica en el anexo.
Quinto: Las elecciones se celebrarán mediante voto telemático, pudiendo votar cada elector desde su ordenador personal desde cualquier
Segundo: Serán elegidos los siguientes representantes:53 catedráticos.121 representantes de los restantes profesores doctores con vinculación permanente a la universidad.15 del resto del personal docente e investigador.2 profesores eméritos.22 representantes del personal de administración y servicios de la Sede Central.
Tercero: La circunscripción electoral será la Facultad o Escuela para los grupos 1) y 2) y única para cada uno de los grupos 3), 4) y 5).
Cuarto: Cada elector podrá votar como máximo el número de candidatos que se especifica en el anexo.
Quinto: Las elecciones se celebrarán mediante voto telemático, pudiendo votar cada elector desde su ordenador personal desde cualquier
jueves, 27 de mayo de 2010
PAN
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiEEfYYIBOJFSdv4TBz30gNYrr2zE8SPXudaw7mCJ9RDWah6UpAYbf9jMmBDOBkaEvdcw4R6qjsBUt2L4Ue3NwmCQGEHFpujsJaY_kBAYuK_TGRMeQi2QiJ5iqJtNXDhYdhaE4-ze1rOzl2/s320/PAN_Ensenada%5B1%5D.png)
El Partido Acción Nacional, conocido por el acrónimo PAN, es el partido político que actualmente ocupa el gobierno en México. Los miembros de este partido se denominan panistas.
El PAN es un partido político de centro-derecha. Así mismo el PAN se auto-denomina "humanista".
Su presidente César Nava Vázquez, y José González Morfín ocupa la Secretaría General. Su estructura se basa en la formación de cuadros políticos y cuenta con un extenso cuerpo normativo que determina su vida institucional.
Fundado en 1939, el PAN fue durante siglo XX, el principal partido opositor en México, situación que cambió al gobernar varios estados desde 1989 y a nivel federal con la integración de un bloque opositor en la LVII Legislatura en 1997 y con el triunfo de Vicente Fox Quesada a la Presidencia de la República con la Alianza por el Cambio en el año 2000.
El resultado de la elección federal del 2 de julio de 2006 fue controvertido. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró por unanimidad al candidato Felipe Calderón Hinojosa, presidente electo. Tomó posesión el 1 de diciembre del 2006 en el Congreso de la Unión. El PAN se ubicó como el partido con mayor número de diputados Federales y Senadores.
Para entonces, el PAN contaba con el gobierno local en los estados de Aguascalientes, Baja California, Jalisco, Guanajuato, Morelos, Sonora, Tlaxcala. Además, tiene una importante presencia en los estados de Nuevo León, Querétaro, Zacatecas, Tamaulipas, Coahuila, Veracruz, Campeche, Chihuahua y Michoacán.
Para entonces, el PAN contaba con el gobierno local en los estados de Aguascalientes, Baja California, Jalisco, Guanajuato, Morelos, Sonora, Tlaxcala. Además, tiene una importante presencia en los estados de Nuevo León, Querétaro, Zacatecas, Tamaulipas, Coahuila, Veracruz, Campeche, Chihuahua y Michoacán.
DIRIGENTE: CESAR NAVA
PV
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El Partido Verde Ecologista de México (PVEM o PVE) es un partido político mexicano de extrema derecha.
Es considerado el cuarto partido político en México, según el número de representantes que tiene en el congreso de este país. Varias de estas posiciones las ha obtenido gracias a sus alianzas con otros partidos.
En las elecciones federales del año 2000 formó, junto con el Partido Acción Nacional (PAN), la Alianza por el Cambio, la cual resultó vencedora de los comicios y consiguió la presidencia de la República para el candidato del PAN, Vicente Fox Quesada. A partir del año 2003 ha hecho alianzas principalmente con el Partido Revolucionario Institucional.
PRI
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El Partido Revolucionario Institucional (PRI) es uno de los principales partidos políticos mexicanos y mantuvo el poder sobre México entre 1929 y 1997, cuando perdió la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. Desde 1929 los presidentes de México provenían de este partido político, hasta que en las elecciones federales del año 2000 ganó por primera vez el PAN.
Actualmente la presidenta nacional del partido es Beatriz Paredes Rangel, y la Secretaría General la ocupa Jesús Murillo Karam.
Hasta 1989, el PRI gobernaba en las 32 entidades federativas; ahora gobierna en 19 estados de la República, a saber: Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, Durango, Sinaloa, Nayarit, San Luis Potosí, Veracruz, Puebla, Hidalgo, Querétaro, Colima, Estado de México, Oaxaca, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
A raíz de la elección federal de 5 de julio de 2009, el PRI ganó la mayoría en la Cámara de Diputados, y se colocó como la primera fuerza política del país. Obtuvo 12,821,504 votos y 184 diputados (de 300) de mayoría relativa, con un total de 237 si a éstos se suman los de representación proporcional. En el Senado, es la segunda fuerza política.
En los últimos años ha recuperado numerosos e importantes municipios, y ha llegado a gobernar al 60 por ciento de los mexicanos. En las elecciones intermedias federales más recientes el PRI volvió a situarse como la primera fuerza política del país, al ganar la mayoría en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
GIRIGENTE: JESUS MARILLO Y BEATRIS PAREDES
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